Once Años de Silencio
Continuación del artículo sobre la violencia obstétrica en Cuba.
Segunda Parte
Viene del artículo Once Años de Silencio, Primera Parte.
Mientras tanto en Cuba
En junio del año 2019, durante el XVII Congreso de la Sociedad Cubana de Obstetricia y Ginecología celebrado en La Habana, se reconoció la violencia obstétrica como una problemática en el país relacionada con la violencia de género. Al respecto, la Dra. Atienza Bárzaga destacó la imperiosa necesidad de establecer en Cuba un marco jurídico para su reconocimiento, en el que conste la determinación de las acciones legales que prevengan y protejan a las mujeres de este tipo de violencia, así como la utilización del consentimiento informado como una premisa obligada en la actuación profesional.
En la isla caribeña no se maneja abiertamente el término y carece de estudios que aborden el tema de forma integral, por lo que se dificulta la socialización de información respecto del mismo. Los y las investigadores e investigadoras Lareisy Borges Damas, Rolando Sánchez Machado, Ana Gladys Peñalver Sinclay y Alicia González Portales, de la Universidad de Ciencias Médicas de Artemisa, coinciden en que se necesitan estudios sobre el tema que permitan “explorar, compartir datos disponibles derivados de estos estudios, que viabilicen establecer no solo sanciones legislativas que la condenen, sino estrategias educativas que la prevengan.”[1]
Pese a que el Estado cubano sitúa la protección de la mujer embarazada como un principio prioritario, no existe un marco legal relacionado directamente con la violencia obstétrica; el amparo a las parturientas asume rango legislativo desde la actual Constitución de la República. También debe reconocerse que entre los derechos civiles y políticos, las embarazadas cubanas cuentan con un Sistema Nacional de Salud que ha logrado elevar los indicadores de salud materno-infantil a través del desarrollo, seguimiento y perfeccionamiento del Programa Materno Infantil (PAMI) logro del sistema de Salud Pública cubano, que es reconocido internacionalmente por su eficacia.
En el artículo “Violencia hacia la mujer durante el parto: ¿realidad desconocida o naturalizada?”, varios científicos cubanos reconocen que “pese a los derechos y programas que brindan una protección al proceso reproductivo de la mujer y su hijo, Cuba no está ajena a una práctica médica cuyo objetivo principal es la obtención de un binomio madre-hijo en óptimas condiciones biológicas, pero que restringe la participación y el derecho de las mujeres a convertirse en protagonistas de su propia experiencia de parto, al limitar no solo sus derechos sino a violentarlos.”[2]
Es difícil encontrar datos fidedignos respecto a la violencia obstétrica, pues la gran mayoría de las mujeres ignoran que son violentadas. La jerarquía patriarcal y política existente propicia las condiciones para que la autoridad médica no sea cuestionada y las acciones arbitrarias queden, casi siempre, en la impunidad. Lo que no implica necesariamente que la violencia obstétrica sea un acto deliberado.
Los estudiosos García Jordá y Díaz Bernal no consideran las manifestaciones de violencia de los profesionales de la salud como actos intencionados, sino como “resultado de la desvalorización del parto como proceso natural y fisiológico y su transformación en un evento puramente biologicista y tecnocratizado”.[3]
La violencia obstétrica es por sí misma un tipo de violencia de género que puede incluir además la violencia física, verbal y sexual; entre las manifestaciones de violencia a las que pueden ser sometidas las mujeres cubanas de forma no intencional por parte del personal sanitario constan: la negación del vínculo inmediato madre-hijo, siempre que el bebé no necesite atención médica inmediata, la premura en la atención de las emergencias obstétricas, la realización de procederes innecesarios o sin una explicación a la mujer, la violencia verbal, la falta de acompañamiento, etc. Esta violencia no sólo se vincula a quienes asisten el parto, sino a todo el servicio.
En el XVII Congreso de la Sociedad Cubana de Obstetricia y Ginecología el Dr. Rodríguez Iglesias mencionó, además, la utilización de fórceps sin indicación correcta y consentimiento, la maniobra de Kristeller, los tactos reiterados por más de una persona y el curetaje uterino sin anestesia, como prácticas de violencia obstétrica.
Estas acciones deben verse vinculadas al contexto en el que se realizan: el alumbramiento es un momento complejo donde se define la vida de la madre y su hijo, y en el que cualquier contratiempo trasciende en la salud de ambos. El desenlace esperado es la escena feliz de la madre amamantando al bebé, el camino para lograrlo ha de ser transitado en conjunto por la gestante y el personal de salud, donde el segundo debe tener también la potestad de actuar, siempre desde el respeto y con la dignidad de la vida humana como premisa.
Los y las investigadores e investigadoras Lareisy Borges Damas, Rolando Sánchez Machado, Ana Gladys Peñalver Sinclay y Alicia González Portales coinciden en que “Si bien la atención médica al parto no tiene por objeto el ejercicio de la violencia, los abusos de autoridad que ocurren corrientemente en el ámbito hospitalario relacionados con la ‘patologización’ del parto, hacen de la Ginecobstetricia una de las especialidades médicas de mayor cantidad de insatisfacciones, comportándose de forma similar a nivel nacional y mundial”.[4]
Corresponde al personal médico permitir el empoderamiento de la mujer cubana, abogar por una relaciones médico-paciente basada en el respeto, en la que el profesional sea un facilitador del proceso de gestación y parto; a ellas compete apropiarse de su embarazo como un proceso sexual natural en el que sean plenipotenciarias sobre su cuerpo. El embarazo no es una enfermedad, es una elección consciente, o al menos debería serlo. La gestante debe participar directamente de esta etapa de su vida; exigir la información necesaria para su preparación desde la gestación hasta el parto, con la guía médica y el verdadero empleo del consentimiento informado. A su vez, no basta con crear un marco jurídico en torno a la violencia obstétrica; es también necesario garantizar que no se lleve a cabo, implementando las condiciones materiales necesarias que impidan esos ejercicios, con lo que al mismo tiempo se empodera a las mujeres en el tema del embarazo y el parto.
Muchos insisten además en establecer un marco legal que regule cualquier vicisitud. Los especialistas Serrano Mulet y Atienza Bárzaga optan por “establecer una ley contra la VO (violencia obstétrica), pero desde un ángulo integrador, pues el problema del ejercicio de la VO en el parto no se resuelve directamente dictando lineamientos de atención o imponiendo sanciones, pues las teorías modernas del derecho penal sostienen que la criminalización de una conducta debe ser la última medida a utilizar para lograr el respeto a los derechos humanos y las garantías en el orden social”.
Hoy, once años después del nacimiento de Edelbito, su madre espera aún la llamada del doctor que atendió su parto. Le faltó entonces su palabra, y aunque en estos años otros han ayudado a su hijo a sostenerse, a agarrar objetos, a articular palabras, y aunque no falta un día la visita de la enfermera familiar a la casa, la mano en el hombro en signo de solidaridad, el pequeño cada vez está mejor, pero ella no puede evitar indignarse por el silencio.
[1] Borges Damas, Lareisy, Rolando Sánchez Machado, Ana Gladys Peñalver Sinclay, & Alicia González Portales. «Violencia hacia la mujer durante el parto: ¿realidad desconocida o naturalizada?.» Revista Cubana de Obstetricia y Ginecología. Vol. 46, No. 3, 2020. En: http://www.revginecobstetricia.sld.cu/index.php/gin/article/view/598/602
[2] Ibídem.
[3] Ibídem.
[4] Ibídem.